ACUSAN A LA ABOGADA GENERAL DE LA UASLP DE EJERCER UN TÍTULO DE DOCTORADO SIN HABERLO OBTENIDO


Siguen los problemas para el rector Alejandro Zermeño y la Universidad Autónoma de San Luis Potosí (UASLP). A las protestas, manifestaciones y marcha de estudiantes de la Facultad del Hábitat exigiendo la renuncia de la directora Rosa Reyes, ahora se suma la petición de académicos de la máxima cas de estudios para que se releve del cargo a la abogada general de la institución, Urenda Queletzú Navarro Sánchez por ejercer un título de Doctorado que aún no se ha ganado.
Ajedrez Político SLP tuvo acceso al documento titulado "En defensa de la integridad académica de la UASLP", sin firma de algún responsable, atribuido a "Universitarias y Universitarios contra la Deshonestidad Académica", que ayer circuló profusamente en la comunidad universitaria a través de redes sociales como WhatsAPP.
Uno de los académicos que hicieron llegar este documento a Ajedrez Político SLP dijo que no lo firmaron por temor a represalias, pidió se guardara su anonimato y comentó:
"Urenda Queletzú Navarro Sánchez se debe de ir pero ya. No solo por el delito de falsear un grado académico, es inepta. Su estadía al frente de la Defensa de los Derechos de los Universitarios fue sin pena ni gloria, pero quién sabe que compromiso tenga con ella el rector".




Se señala en el archivo PDF de 20 páginas que "se acompaña con una serie de oficios y datos obtenidos vía transparencia y Cegaip que indican lo siguiente:
Estos documentos son prueba fehaciente de que la profesora Navarro Sánchez ha usado por años un título profesional que no se ha ganado por derecho. En ese sentido, no omitimos señalar que, de acuerdo al Capítulo VI del Código Penal Federal vigente en nuestro país, la usurpación de funciones profesionales es un delito. Así lo dicta el artículo 250 del citado código, que a la letra dice:
Artículo 250. Se sancionará con prisión de uno a seis años y multa de uno a trescientos días a quien: II. Al que, sin tener título profesional o autorización para ejercer alguna profesión reglamentada, expedidas por autoridades u organismos legalmente capacitados para ello, conforme a disposiciones reglamentarias del artículo 5 constitucional. a) Se atribuya el carácter del profesionista. d) Use un título o autorización para ejercer alguna actividad profesional sin tener derecho a ello. e) Con el objeto de lucrar, se una a profesionistas legalmente autorizados con fines de ejercicio profesional o administre alguna asociación profesional.
Por lo anteriormente expuesto, pedimos respetuosa pero enérgicamente al rector de la Universidad que rectifique su decisión y designe a otra persona al frente de la oficina de la abogacía general de la institución, toda vez que la señora Urenda Queletzú Navarro Sánchez es insolvente moral y profesionalmente para ocupar tan digno cargo.
SIEMPRE AUTÓNOMA. POR MI PATRIA EDUCARÉ Universitarias y Universitarios contra la Deshonestidad Académica"




Agregan:
"En este sitio, actualizado a enero de 2024, se encuentra el CV público de la profesora Navarro Sánchez, en el que se reporta como grado máximo el de Maestría (ver registro 217 del archivo Excel de dicha liga). En la respuesta de la División de Desarrollo Humano de la UASLP, también se anexa copia del título que obra en la institución como grado académico máximo. También se anexa copia de la licencia extendida por el Secretario General de la Universidad en 2019 para que la profesora en cuestión pudiera "continuar estudios de Doctorado en Ciencias Penales y Política Criminal" en el INACIPE. Cabe destacar que en ese mismo documento de licencia, el secretario general es explícito al señalar que "la continuidad en el goce de esta Licencia estará condicionada a que usted presente a la Secretaría Académica reportes satisfactorios, con la periodicidad con que se le requiera, según su programa de actividades.




Luego, entonces, no ha lugar que la Secretaría Académica responda desconocer si la profesora Navarro Sánchez concluyó o no dichos estudios. Finalmente, se acompañan algunas capturas de pantalla que dan cuenta de cómo, durante el tiempo, la profesora Navarro Sánchez se ha ostentado como doctora sin serlo, o bien, no ha reparado en corregir las publicaciones, incluso oficiales, que le han dado ese tratamiento.




En ese sentido, destacamos las imágenes 1, 2 y 3 del documento que contienen lo siguiente:
1. Publicación oficial del nombramiento como abogada general de la UASLP.
2. Organigrama oficial de la Defensoría de los Derechos Universitarios en el que aparece como doctora.
3. Felicitación oficial de la Red de Organismos Defensores de los Derechos Universitarios con motivo de su nombramiento como presidenta de la REDDU.
4. Captura de pantalla dela página web de la REDDU en el que se le reconoce como doctora".




El documento de marras comienza con esta introducción:
"En días pasados, el titular de la rectoría designó como abogada general a la profesora Urenda Queletzú Navarro Sánchez. Este nombramiento es totalmente válido y legítimo para quien tiene la encomienda de conducir una institución tan importante como la UASLP y tiene todo el derecho de integrar a su equipo de trabajo. Para la universidad, es un hito que una mujer esté al frente de tan importante dependencia. Sin embargo, la relevancia de este acontecimiento, que debiera ser histórico para la institución, se diluye cuando la persona designada presenta una grave falta de probidad que es menester señalar, pues lastima a la rectoría y a toda la comunidad universitaria. En el presente archivo, usted podrá encontrar documentos oficiales solicitados al Instituto Nacional de Ciencias Penales y a la propia UASLP, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT), en los que se da cuenta de que la señora Urenda Queletzú Navarro Sánchez ha usurpado durante años un grado académico que no ostenta (doctorado) y, por tanto, pone en entredicho su probidad moral y profesional".
